10 segundo de afinidad, presentar un Proyecto en cualquier PFP por los siguientes tres (3) años desde el incumplimiento. 12.2.3. La PFP comunicará conjuntamente a la SMV del hecho y en la fecha de comu nicación a las demás PFP sobre el incumplimiento del promotor. Artículo 13 . Responsabilidad respecto de la información del Proyecto 13.1. Está prohibida toda información u omisión de información que induzca a error respecto de la naturaleza, origen, precios, c aracterísticas, idoneidad, calidad o cualquier otro dato del Proyecto ofrecido. 13.2. Las PFP tienen la obligación de publicar toda la información relevante que obre en su poder sobre el Proyecto y/o los promotores, de modo que los inversionistas o acreedores puedan tomar una decisión adecuada. 13.3. En ese sentido, las PFP deberán evaluar la información recibida con la debida diligencia de modo que la información publicada en la plataforma sea completa conforme a lo previsto en este capítulo. 13.4. La responsabilidad frente a los inversionistas respecto de la información que proporcionen a la PFP para su publicación recaerá sobre el promotor, en caso tal haya provisto información contraria a la exigida en la presente Ley. En caso la PFP haya publicado información sin h aberla evaluado con la debida diligencia, la responsabilidad frente a los inversionistas también recaerá sobre tal, siendo solidario con el promotor. TÍTULO III MODALIDADES DE FINANCIAMIENTO PARTICIPATIVO Capítulo I Aspectos Generales Artículo 14 . Modalidades El financiamiento de los Proyectos podrá hacerse bajo las siguientes modalidades: 14.1. Financiamiento participativo a través de préstamos:
Propuesta de Ley para Regular el Crowdfunding Financiero en Perú Septiembre 2017 Page 9 Page 11